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REGLAS PARA EL TRABAJO DEL FRENTE ÚNICO INTERNACIONAL ANTIIMPERIALISTA Y ANTIFASCISTA

ILPS e ICOR, 30 de diciembre de 2019

 

Regla 1. Como iniciadores del Frente Único Internacional Antiimperialista y Antifascista (llamado a continuación Frente Único o Frente), la Liga Internacional de los Pueblos en Lucha (ILPS) y la Coordinación Internacional de Partidos y Organizaciones Revolucionarios (ICOR) publican la presente Convocatoria e invitan a otras uniones internacionales antiimperialistas y antifascistas a adherirse al Frente.

El Frente Único es un movimiento de organizaciones aliadas sin centralismo democrático ni aparato costoso.

Regla 2. En la primera fase, por ejemplo en la primera mitad del 2020, se constituirá un Comité Consultivo Provisional integrado por tres representantes de la ICOR y tres de la ILPS. Al final de la fase transitoria, el Comité Provisional tiene que rendir cuentas. Hay que proponer una composición del Comité Consultivo que responda a la composición que sin duda se habrá ampliado para entonces.

Regla 3. El Comité Consultivo Provisional solicita, recibe y confirma solicitudes de participación por parte de uniones internacionales, organizaciones o individuos de cualquier sector social y/o geográfico que aprueban la Convocatoria y las Reglas del Frente. Todos los participantes del Frente, incluyendo los que están representados en el Comité, definen ellos mismos su afiliación.

Regla 4. Las declaraciones de participación en el Frente Único se deben presentar a la ILPS y a la ICOR hasta el 31 de marzo de 2020. Estas declaraciones pueden ser acompañadas por propuestas de mejorar los documentos, solicitudes de cooperación en el Comité Consultivo así como por propuestas y actividades que el Comité Consultivo deberá tomar en consideración.

Regla 5. Las tareas del Comité Consultivo consisten en:

        • publicar la Convocatoria y las Reglas propuestas; respecto a las Reglas, hay que diferenciar entre partes de ellas sobre las que hay consenso entre la ICOR y la ILPS, y partes que todavía deben ser aclaradas definitivamente;

        • ganar a participantes del Frente Único sobre la base de los documentos;

        • recoger propuestas para mejorar los documentos;

        • desplegar la discusión sobre divergencias de opinión;

        • proponer los documentos definitivos incluidas las propuestas de mejora y discusión sobre éstas;

        • movilizar para la cooperación en el Comité Consultivo;

        • organizar un método democrático para la composición del Comité Consultivo;

        • planificar la creación y el lanzamiento del Frente que tendrá lugar antes de finales de junio de 2020;

        • definir detalladamente el proceso de invitación y los métodos del Foro de Fundación.

Se propone que el Foro de Fundación podría tener lugar en la última semana de mayo de 2020 en relación con una semana de acciones globales antiimperialistas.

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Regla 6. La primera reunión del Comité Consultivo durante el período de formación/lanzamiento del Frente decide sobre la implementación de la "Convocatoria" y las "Reglas", delibera las modalidades detalladas del trabajo y aprueba un nombre breve pegadizo. La participación de otras fuerzas más en el Frente será confirmada por el Comité Consultivo.

Representantes de dichas uniones internacionales que aprueban la Convocatoria y las Reglas, constituirán el Comité Consultivo del Frente.

El número de miembros del Comité Consultivo se debe limitar a un tamaño manejable de 10 a 15 representantes de dichas uniones internacionales.

Representantes designados de importantes organizaciones nacionales y personas destacadas pueden participar en reuniones del Comité Consultivo (llamado a continuación también Comité) como observadores previa invitación por el Comité.

Regla 7. La posición del presidente del Comité, llamado Presidente, alterna en los intervalos establecidos. La primera presidencia será asumida durante un año por ILPS e ICOR conjuntamente. Después alterna entre los miembros actuales en ejercicio, conforme al orden alfabético de los nombres de las uniones internacionales que conforman el Comité.

Regla 8. Objetivo y propósito del Comité:

  1. Reunir, a través de los representantes respectivos, a las agrupaciones antiimperialistas y democráticas de cualquier tamaño u objetivo que están de acuerdo con la Convocatoria arriba mencionada para la construcción del Frente;

  2. fortalecer, facilitar y promover la unidad entre ellas, a través de la cooperación práctica al igual que consultaciones y consenso en cuestiones de contenido;

  3. publicar declaraciones de contenido y llamar a acciones y campañas coordinadas;

  4. de ser necesario, proponer la formación de plataformas temáticas para la coordinación y para actividades dentro del Frente Único, como por ejemplo plataformas de las mujeres, de los obreros, de los indígenas, institutos de investigación, etc.

Regla 9. Las campañas y acciones del Frente sobre las cuales el Comité se ha puesto de acuerdo, incluyen: abogar por los intereses, investigación, publicaciones, congresos, conferencias, seminarios y acciones sociales y políticas.

Regla 10. Los representantes en el Comité participan a sus propias expensas en los encuentros del Comité. Las uniones representadas por ellos, son responsables de conseguir los recursos para las campañas y acciones dentro de sus respectivos ámbitos de influencia. Cuando surgen costos conjuntos, serán compartidos de manera proporcional.

Regla 11. Las reuniones regulares del Comité tienen lugar por lo menos una vez al año; la mayoría de los miembros debe participar personalmente en ellas. Reuniones de actualidad del Comité respecto a cuestiones pendientes que han sido propuestas por lo menos por una mayoría de los miembros, deben realizarse a través de videoconferencias.

Regla 12. Debe haber un equipo de coordinación que será puesto a disposición por la unión internacional que será representado por el presidente en funciones. Las de las reuniones anuales también son organizadas por la organización que en este momento proporciona al presidente.

Regla 13. El presidente garantiza la información oportuna de todos los miembros del Comité Consultivo y la consultación entre ellos. Envía regularmente circulares de información del Comité Consultivo a todos los participantes del Frente Único. Todos los participantes del Frente Único tienen el derecho de hacer propuestas al Comité y recibir respuestas al respecto.

Regla 14. La cooperación se realiza en respeto mutuo, en una cultura de disputa democrática, y las decisiones se realizan en consenso. Ninguna unión está obligada, en el sentido de un centralismo democrático, a participar en actividades aprobadas. Sin embargo, la promesa de participar debe ir seguida de una cooperación fiable.

Regla 15. Al final de cada período importante, a más tardar cada dos años, el Comité convoca a un Foro para rendir cuentas de su trabajo y presentar propuestas para desarrollar a niveles superiores el trabajo del Frente y, dada la necesidad, las estructuras. Sobre la base de las discusiones en el Foro, el Comité Consultivo seguirá deliberando y sacará conclusiones.

 

 

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